Contrato de arrendamiento industrial: claves legales, financieras y estratégicas en España

Guía práctica

Contrato de arrendamiento industrial

El arrendamiento industrial —naves, plantas y suelos con actividad productiva— exige un enfoque más técnico que el de un local u oficina. Esta guía resume el marco legal aplicable en España, las palancas financieras (renta, actualización, garantías) y las cláusulas estratégicas que reducen riesgo operativo y patrimonial para propietarios e inquilinos.

Qué es un arrendamiento industrial y su marco legal

Se considera arrendamiento industrial el alquiler de inmuebles destinados a producción, transformación o almacenamiento con procesos industriales o logísticos. Jurídicamente se encuadra como arrendamiento para uso distinto de vivienda bajo la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (LAU), con amplia libertad de pactos entre las partes y aplicación supletoria del Código Civil.

  • Fianza legal: dos mensualidades de renta para usos distintos de vivienda (LAU, art. de fianza).
  • Actualización de renta: solo si se pacta expresamente; en su defecto, no hay actualización.
  • Cesión y subarriendo: permitidos salvo pacto en contrario; comunicación fehaciente. El arrendador puede elevar la renta en caso de subarriendo/cesión según lo previsto en la LAU.
  • Régimen supletorio: en lo no previsto, rigen las normas del Código Civil (tácita reconducción, obligaciones generales, etc.).
Clave práctica: documente el “uso permitido” con precisión (CNAE/actividad), pues condiciona licencias, seguros y responsabilidades.

Duración, prórrogas y estado de entrega

En contratos industriales la duración es libre. No existe prórroga obligatoria como en vivienda. A su vencimiento, si el inquilino permanece con renta aceptada, puede operar la tácita reconducción conforme al Código Civil.

  • Duración típica: 2–5 años con prórrogas anuales; en sale & leaseback, 10–20 años.
  • Break options: ventanas de salida negociadas (p. ej., al mes 36) con penalización clara.
  • Entrega: “as is” o con fit-out acordado; anexe inventario técnico (muelles, rociadores, potencia, pavimento).
  • Reversión: defina qué mejoras quedan en el inmueble y qué debe desmantelar el inquilino.

Renta, actualización e impuestos

La renta puede estructurarse como fija, fija + variable (en función de producción/ventas) o con escalados. En industrial es habitual el esquema de gastos tipo NNN (triple neto), donde el inquilino asume IBI, seguros y mantenimiento ordinario.

Actualización

Incluya cláusula de actualización anual referenciada a un índice objetivo (p. ej., IPC del INE) con límites de suelo/techo, y con efecto a partir del aniversario. Sin cláusula, la renta no se actualiza.

Fiscalidad operativa

  • IVA: los arrendamientos de inmuebles para actividades empresariales están, por regla general, sujetos y no exentos (tipo 21%).
  • Retención: cuando proceda, el arrendatario practica retención a cuenta (tipos generales vigentes) sobre la renta del alquiler, no sobre el IVA.
  • ITP: no se devenga cuando el arrendamiento está sujeto y no exento de IVA.
  • Repercusiones: IBI, comunidad y otros gastos pueden repercutirse si se pacta.

Verifique con su asesor fiscal el tipo de IVA aplicable y si procede retención, pues existen excepciones según la condición de las partes y el uso efectivo.

Garantías, seguros y cobertura de riesgos

Además de la fianza legal (dos mensualidades), son habituales garantías adicionales para cubrir riesgo de impago y daños extraordinarios.

  • Garantía adicional: 6–12 meses de renta en aval bancario a primer requerimiento o depósito.
  • Seguro multirriesgo e incendio a cargo del inquilino, con cesión de derechos al propietario.
  • Responsabilidad civil y pérdida de beneficios: límites acordes a la actividad y a la sustitución de equipos críticos.
  • Mantenimiento: preventivo conforme a normativa (PCI, BT, ATEX, refrigeración) y SLAs con tiempos de respuesta.

Obras, licencias y sostenibilidad (ESG)

Las obras que alteren configuración o seguridad requieren autorización escrita del arrendador, salvo mejoras operativas menores previstas. Pacte claramente quién asume CAPEX de adecuación y su amortización.

  • Licencias: el inquilino obtiene y mantiene licencias/ambientales; el propietario garantiza idoneidad urbanística y de cargas conocidas.
  • Medio ambiente: suelos, vertidos, ruidos y residuos. Impute responsabilidades por contaminación nueva vs. preexistente.
  • Eficiencia: fotovoltaica, LED, BMS y certificaciones (p. ej., BREEAM/LEED) con reparto del ahorro.

Cláusulas estratégicas para un contrato robusto

  • Uso permitido y exclusividad: delimite procesos, sustancias y tráfico pesado para evitar conflictos regulatorios o vecinales.
  • Cesión y subarriendo: régimen LAU, aviso fehaciente y ajuste de renta cuando corresponda.
  • Opciones: compra, prórroga automática o derecho de tanteo/retracto por pacto expreso.
  • Resolución: incumplimientos esenciales, cierre de actividad o denegación firme de licencia pese a diligencia.
  • Sale & leaseback: definiciones de step-in, mantenimiento estructural a cargo del inquilino y métricas de cobertura de renta (DSCR) informativas.
Due diligence técnica
  • Estructura, pavimentos, PCI y rociadores
  • Potencia eléctrica y climatización industrial
  • Estado de cubiertas y puentes grúa
Due diligence legal
  • Situación registral y cargas
  • Compatibilidad urbanística y licencias
  • Arrendamientos previos y servidumbres
Due diligence ambiental
  • Suelos y aguas subterráneas
  • Ruido, residuos y emisiones
  • Histórico de actividad y seguros
ConceptoIndustrial NNNContrato bruto
Gastos recurrentesIBI/seguros/comunidad a cargo del inquilinoAsumidos por el propietario salvo pacto
MantenimientoOrdinario por inquilino; estructural según pactoMayor peso en propietario
CAPEX de adecuaciónPuede asumirlo el inquilino con reversión pactadaFrecuente inversión inicial del propietario
Actualización rentaIPC/índice pactado con suelo/techoSimilar; a veces escalados fijos
Perfil de riesgoMás previsible para el propietarioMayor OPEX del propietario
Comparativa resumida de asignación de costes y riesgos por esquema de gastos.
2–5 años
Duración inicial habitual
2 meses
Fianza legal (uso no vivienda)
6–12 meses
Garantía adicional frecuente
Ventaja: Un contrato industrial bien estructurado (NNN, actualización clara y garantías sólidas) estabiliza rentas y reduce litigios, mejorando la bancabilidad del activo.
Riesgo: Ambigüedades sobre licencias, obras o responsabilidades ambientales pueden generar paralización operativa y costes no previstos.
¿Se puede pactar una renta variable en un contrato industrial?
Sí. Es válido combinar renta base + variable ligada a producción/ventas o a indicadores logísticos (p. ej., throughput), siempre que el método de cálculo y auditoría esté definido y existan topes para limitar volatilidad.
¿Qué ocurre si la Administración deniega la licencia de actividad?
Es recomendable una condición resolutoria o un periodo de carencia condicionado a la obtención de licencias. Si se deniega de forma firme pese a la diligencia del inquilino, puede pactarse resolución sin penalización y reparto de costes de adecuación.

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Fuentes consultadas